La ley de acomodo razonable procura eliminar cualquier sesgo de discriminación hacia la comunidad que vive con diabetes en Puerto Rico y EE.UU.
Como parte del reciente evento ´Manejo y control de la Diabetes para una vida saludable´, los asistentes tuvieron la oportunidad de conocer más sobre la ´Ley de Acomodo Razonable´, una iniciativa legal que tiene como objetivo reducir los niveles de discriminación en entornos laborales y educativos a los pacientes que viven con diabetes tipo 1 o diabetes tipo 2, durante la intervención de la Lcda. Keyla Colón, abogada.
Actualmente, los pacientes que conviven con esta condición en la isla, se encuentran favorecidas bajo la ley ADA, (Americans with Disabilities Act), el acta de rehabilitación y las regularidades del estado, así como la recién aprobada Carta de derechos y Responsabilidades de las personas que viven con Diabetes.
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Condiciones que son consideradas discapacidad
"Las personas que viven con diabetes, legalmente son incapacitadas", afirmó. Por ello, resaltó que la importancia de estas leyes contribuyen a que estos pacientes "tengan igual trato que sus compañeros de trabajo y universidad, y se garantiza que no puedan usar sus derechos en contra cuando los estén haciendo valer".
Según explica la Lcda. Colón, ante la ley las personas con diabetes, depresión, ansiedad o enfermedad celíaca, ante la ley, son personas discapacitadas. Gracias a una enmienda que se hizo a la ley en 2008, se estableció que cualquier tipo de limitación del sistema endocrino, es una discapacidad.
¿Cómo aplica la Ley de Acomodo Razonable a estas condiciones?
Los ´acomodos razonables´ son modificaciones o ajustes necesarios que realiza una institución universitaria o compañía, para que el paciente pueda tener la misma oportunidad educativa o laboral que sus compañeros.
Sin embargo, esto no quiere decir que la universidad obligue al estudiante a registrarse con la discapacidad. "Es una información que tiene que dar ese paciente a la universidad, y no puede hacerse de manera informal; tiene que ir a la oficina de discapacidad, y el acomodo siempre se dará si es razonable, necesario y apropiado".
Tipos de acomodos razonables que se pueden dar en la universidad
Debido a las implicaciones que trae consigo un diagnóstico de diabetes, el estudiante debe poder acceder a:
Tiempo adicional sin penalidad en las pruebas o exámenes si el estudiante debe hacer un pare para trabajar su condición.
Que las pruebas o exámenes se realicen en un ambiente de distracción mínima. "Las personas que viven con diabetes, viven con equipo médico que aveces tiene beeping, y la idea es que haya un examen libre de distracción tanto para el estudiante que vive con diabetes, como para sus compañeros". Ahora bien, el profesor no va a estar obligado a cambiar la fecha del examen o entrega de trabajos.
Permitir los equipos electrónicos. "Toda vez que, para los estudiantes con diabetes tipo 1, su teléfono celular es parte de su equipo médico, por lo tanto se le debe permitir tener su teléfono celular con ellos todo el tiempo".
Acceder al baño según sea necesario resulta fundamental, especialmente en el caso de individuos con diabetes tipo 1. Cuando los niveles de glucosa se encuentran elevados, se experimenta una intensa necesidad de utilizar el baño, así como de consumir agua.
Permiso para tratar sus hipoglucemias o hiperglucemias y tener sus meriendas, en caso de que tengan clases de corrido.
Prioridad en la matrícula para ajustar los horarios de clases conforme a su horario de tratamiento.
Perros de servicio: permitir tenerlos en clase, siempre y cuando se cumplan las regulaciones del estado (evidencia de entrenamiento, certificación de salud expedido por un veterinario).
Tipos de acomodos razonables que se pueden dar en entorno laboral
El patrono debe proveer un área privada para realizar el monitoreo y administración de insulina.
Darle tiempo para que trabaje su hiperglucemia o hipoglucemia.
Permitirle ir al baño.
Tener un lugar en que pueda descansar luego de tener un episodio de hipoglucemia.
Cambios de tareas, cuando la condición no les permite realizar esa tarea.
Ausencia por tratamientos, recuperación o entrenamiento de la condición. Si tiene neuropatía diabética o alguna condición relacionada como consecuencia de la diabetes, debe tener el permiso para usar equipos, sillas y acceder a adaptaciones, monitores, etc.
Animales de servicio.
"El hecho de que solicite un acomodo razonable, no siempre va a ser necesario, razonable y apropiado, por lo que el patrono le puede pedir evidencia para esa solicitud. Eso no es discrimen. El paciente debe estar listo para justificar el por qué necesita ese acomodo razonable".
¿Qué no es un acomodo razonable?
No puede pedirle que cambie el código de ética de la empresa.
Eliminar funciones esenciales.
Reducir estándares de producción o servicio.
Proveer medicamentos, meriendas, jugos, tabletas, elementos como prótesis, monitor de glucosa, bomba de infusión, etc.
¿Cómo solicitar el acomodo razonable?
Asimismo, señala la Lcda. Colón, que es responsabilidad del empleado solicitar los acomodos razonables al Depto. de Recursos Humanos, y aunque no necesariamente tiene que ser por escrito, es lo recomendado.
"En la solicitud se describen específicamente los acomodos necesarios solicitados, y se recomienda que esté en compañía de documentación médica que lo respalde. "El patrono puede solicitar documentación adicional, y eso no es discriminación".
Por otro lado, recomienda mantener la comunicación constante con el patrono para validar si el acomodo funciona adecuadamente para su condición, y recordó que el paciente puede ir las veces que sea necesario a solicitar que se revisen los acomodos aplicados, para que se garantice la equidad en las condiciones con sus compañeros de trabajo.
¿Cuando es discrimen?
Le retiran una oferta de trabajo cuando notificó que vivía con diabetes.
Le impiden tener recesos para controlar su condición.
Le impiden tener recesos para administrarse su insulina.
Le requieren información médica más allá de la que es necesaria para los acomodos razonables.
Si no le permiten usar su equipo médico.
¿Qué puede hacer si es víctima de discriminación?
"El paciente puede ir a la oficina de oportunidades de empleo de Estados Unidos y radicar una querella contra su patrono, o ir al Departamento de Trabajo, a la división de la unidad anti discrimen, a la que puede ir o radicar demandas por daños y perjuicios y discriminación ante el tribunal de Puerto Rico o en el tribunal federal en el caso en que aplique".
¿Qué establece la carta de derechos y responsabilidades para las personas que viven con Diabetes?
Según la intervención de la Lcda. Colón, los pacientes tienen derecho a recibir su diagnóstico, tratamiento, educación respecto a su diagnóstico; beneficiarse de las actividades comunitarias y sociales; acceder a servicios y atención de calidad durante y luego del parto,tener cuidados de transición adecuados; continuidad en el tratamiento y atención en emergencias o desastres; trato digno y respeto; libertad para reclamar sobre cualquier servicio, abogar individual o colectivamente para que se realicen mejoras a la atención y servicio del paciente que vive con diabetes; obtener medicamentos a precios accesibles, bombas de insulina y demás dispositivos necesarios; recibir autorizaciones a tiempo necesario y razonable para acudir a sus citas médicas y realizar el tratamiento en un entorno limpio y seguro.
Por otro lado, dentro de sus obligaciones se encuentran divulgar al proveedor de servicios de salud, la información sobre lo que está funcionando en el tratamiento y lo que no, alergias, medicamentos que toma, entre otros; cumplir con su plan de cuidado y tratamiento, informar cualquier problema; informar a las personas de su entorno que vive con la condición para que puedan ayudarle cuando tenga alguna emergencia.
"Para más información, o si siente que está siendo discriminado en el área de trabajo, puede ir a www.ada.gov o www.diabetes.org".