Tenía 25 años y llevaba casi dos esperando que se cumpliera su voluntad. La eutanasia que solicitó en abril de 2024 —y que aprobaron por unanimidad todos los expertos y todos los tribunales— se concretó este jueves, 601 días después de lo previsto.

El 2 de agosto del 2024, Noelia Castillo Ramos debería haber muerto en paz, en la intimidad, sin cámaras ni titulares.
Había cumplido con cada uno de los requisitos que exige la ley española de eutanasia: su solicitud había pasado los tres filtros del sistema —médico responsable, segunda opinión externa, y comisión de garantía y control integrada por médicos, juristas y expertos en bioética—, y todos ellos la habían respaldado por unanimidad.
Todo indicaba que su deseo de poner fin a un sufrimiento "grave, crónico e imposibilitante" sería respetado. Sin embargo, no fue así. Murió este jueves, en el Hospital Residencia Sant Camil de la comarca catalana del Garraf, con su historia convertida en un asunto público que nunca quiso ser.
Noelia creció en una familia disfuncional y pasó parte de su infancia y adolescencia bajo tutela institucional. Acumuló intentos de suicidio, ingresos psiquiátricos y episodios de autolesiones.
En octubre de 2022, tras sufrir una violación múltiple, se arrojó desde un quinto piso. La caída no la mató, pero la dejó parapléjica y con secuelas que los expertos describieron como una "situación clínica no recuperable", generadora de una dependencia severa y un dolor permanente que comprometía por completo su autonomía y su vida cotidiana.
En abril de 2024 formalizó su petición de eutanasia. Tres meses después, la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña la aprobó sin votos en contra.
A pocos días de la fecha fijada para el procedimiento, el padre de Noelia —quien, según ella misma declaró públicamente, nunca se había ocupado de ella— interpuso un recurso judicial para impedirlo. Lo hizo asesorado por Abogados Cristianos, una fundación ultracatólica con un historial documentado de obstrucción a la aplicación de la ley de eutanasia.
El argumento central era que Noelia no gozaba de plenas facultades mentales para decidir. Todos los tribunales que examinaron el caso lo rechazaron. El de primera instancia en Cataluña le dio la razón a Noelia después de que ella compareciera personalmente ante la jueza y ratificara su voluntad.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirmó esa sentencia. El Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional español desestimaron los recursos del padre. El pasado 10 de marzo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazó las medidas cautelares presentadas por Abogados Cristianos. Y este mismo jueves, horas antes del procedimiento, un juzgado de instrucción de Barcelona denegó una última solicitud de suspensión.
Cinco instancias judiciales, el mismo resultado: la decisión de Noelia era libre, consciente, informada y legalmente amparada.
El balance de esta ofensiva judicial es preciso y brutal: 601 días entre la fecha en que debía aplicarse la eutanasia y el momento en que finalmente se llevó a cabo. Casi dos años en los que Noelia siguió viviendo el sufrimiento que la ley pretende precisamente evitar que se prolongue.
La ley española de 2021 es, por diseño, una de las más garantistas del mundo. A diferencia de legislaciones con larga tradición en la materia, como la belga o la holandesa, incorpora un tercer nivel de control —la comisión de garantía— específicamente para blindar los derechos de todas las partes implicadas.
Ese blindaje funcionó: en el caso de Noelia, los tres filtros fueron unánimes. Lo que la ley no pudo evitar fue que ese mismo sistema de garantías fuera instrumentalizado como herramienta de obstrucción ideológica.
Noelia Castillo no quería ser un símbolo. Lo dijo ella misma en la única entrevista que concedió, días antes de morir: "Yo solo quiero irme en paz y dejar de sufrir".
Sin embargo, su caso se ha convertido, pese a ella, en el más relevante desde la entrada en vigor de la ley: el primero en llegar a los tribunales, el primero en alcanzar Estrasburgo, y el que ha puesto en evidencia una vulnerabilidad que el legislador deberá considerar.
Retrasar una eutanasia ya autorizada mediante sucesivos recursos judiciales es, en la práctica, intentar vaciar de contenido un derecho reconocido por ley. Cada recurso interpuesto no fue solo un trámite procesal: fue un día más de dolor para una persona cuyo sufrimiento había sido certificado por todos los expertos competentes.