Emiten Orden Administrativa por escasez de tuberculina e impacto en certificados de salud

Ante la escasez nacional de tuberculina, el Departamento de Salud de Puerto Rico emitió la Orden Administrativa 2026-654, permitiendo expedir certificados de salud sin prueba de PPD o IGRA a personas asintomáticas y sin riesgo.

Andrea Perozo Pardo

    Emiten Orden Administrativa por escasez de tuberculina e impacto en certificados de salud

    Debido a  la carencia a nivel  nacional del componente clave para la prueba cutánea de tuberculina (PPD), el Departamento de Salud de Puerto Rico ha tomado medidas operativas inmediatas para garantizar la continuidad en la emisión de certificados de salud en la isla, sin comprometer los protocolos de cribado y vigilancia epidemiológica.

    Por Andrea Perozo

    A través de la Orden Administrativa 2026-654, firmada este mes de octubre de 2026 por el secretario de Salud, Dr. Víctor Ramos, se autoriza la expedición del certificado de salud sin el requisito de la prueba PPD o el ensayo de liberación de interferón gamma (IGRA, por sus siglas en inglés), únicamente en aquellos pacientes que no presenten factores de riesgo, sintomatología ni hallazgos clínicos sugestivos de tuberculosis (TB).

    Ajustes en el protocolo clínico de tamizaje

    El experto en Salud explicó que la determinación responde a un desabastecimiento informado por el fabricante de la tuberculina, quien adelantó que la restitución del suministro tardará cierto tiempo.

    Bajo la nueva directriz, los médicos autorizados podrán certificar al ciudadano de bajo riesgo procesando únicamente las otras dos muestras reglamentarias:

     La prueba de VDRL para la detección de sífilis.

    La prueba de cribado para el virus de la hepatitis C.

    La evaluación individual de riesgo como eje principal: La orden enfatiza que el facultativo médico debe llevar a cabo una estratificación de riesgo exhaustiva antes de eximir al paciente. Si tras el cuestionario de síntomas y el examen físico no se identifican elementos de sospecha, se procede con la exención temporal de la PPD/IGRA.

    Protocolo estricto ante presencia de riesgo o síntomas

    La exención no es automática para toda la población. Si la evaluación clínica revela factores de riesgo, historial de exposición o síntomas compatibles con la infección por Mycobacterium tuberculosis —tales como tos persistente, fiebre, sudores nocturnos, pérdida de peso no explicada, hemoptisis o contacto reciente con un caso positivo—, el médico está obligado a ordenar los estudios adicionales pertinentes antes de emitir el documento.

    Aclaración clínica crucial: La orden señala explícitamente que la radiografía de tórax no sustituye a las pruebas de detección inmunológica (PPD o IGRA) para el diagnóstico de la infección tuberculosa latente, en estricta consonancia con los lineamientos de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC).

    Según la CDC, la prueba cutánea Mantoux (PPD) y las pruebas sanguíneas IGRA (aprobadas por la FDA y procesadas en laboratorios autorizados) constituyen las herramientas validadas para determinar la presencia de la bacteria. La agencia federal reconoce la prueba de piel como una alternativa aceptable cuando la prueba IGRA no está disponible, resulta costosa o presenta limitaciones de acceso.

    Antecedentes del desabastecimiento y marco regulatorio local

    Las interrupciones en la cadena de suministro de la solución PPD no son un fenómeno nuevo; los CDC han documentado desabastecimientos recurrentes durante la última década, con un incremento apreciable en años recientes. En contingencias previas, la agencia ha recomendado sustituir la prueba cutánea por IGRA cuando sea factible y priorizar el inventario disponible según el perfil de riesgo del paciente.

    En el contexto puertorriqueño, la prueba de tuberculina ha sido históricamente un pilar del certificado de salud ordinario: requiere aplicación y lectura presencial entre las 48 y 72 horas posteriores, habiéndose realizado dentro de los tres meses previos a la solicitud.

    ¿Qué representa esta medida para el ciudadano?

    • Pacientes asintomáticos y sin riesgo: Podrán obtener su certificado cumpliendo únicamente con las pruebas de sífilis y hepatitis C, además de la evaluación médica.

    • Pacientes con síntomas o riesgo: Deberán someterse a una evaluación exhaustiva y a las pruebas indicadas por el médico; no aplican para la exención.

    • Carácter temporal: Se reitera a la comunidad que se trata de un ajuste transitorio derivado de una escasez de suministros y no de una modificación permanente de los requisitos sanitarios de la isla.

    • Vigilancia epidemiológica activa

    El Departamento de Salud mantiene una vigilancia epidemiológica continua sobre la tuberculosis a través del informe preliminar de la enfermedad correspondiente al periodo 2019–2026 (actualizado al 10 de septiembre de 2026). La flexibilidad en el trámite del certificado busca mitigar el impacto burocrático de la escasez, sin descuidar el diagnóstico ni el tratamiento oportuno de los casos con sospecha clínica en Puerto Rico.

    Más noticias de Salud Pública